CLAVES DE LA REFORMA DEL PLAN GENERAL CONTABLE EN 2021

 

El pasado 30 de enero se publicó en el BOE el Real Decreto 1/2021, de 12 de enero, por el que se modifican el Plan General de Contabilidad (PGC) Y el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas (PGC PYMES), adaptando así el PGC a los nuevos criterios contables adoptados por la Unión Europea en materia de instrumentos financieros y en relación con los ingresos procedentes de contratos con clientes.

 

La aplicación de esta “reforma contable” va a afectar a los ejercicios iniciados a partir de 1 de enero de 2021 y se confirma la no modificación los criterios de reconocimiento y valoración en materia de instrumentos financieros y reconocimiento de ingresos del Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas para mantener así la política de simplificar las obligaciones contables de las empresas de menor tamaño.  

 

Entre las principales novedades podemos destacar la modificación de la definición del Valor Razonable incluida en el Marco Conceptual (tanto del PGC Normal como del PGC PYMES),  la inclusión del hecho de que el valor razonable se estima para una fecha determinada, se reducen las categorías de activos financieros y las categorías de pasivos financieros, respecto a las coberturas contables, se pretende alinear el resultado contable y la gestión del riesgo en la empresa, introduciendo una mayor flexibilidad en los requisitos a cumplir.

 

Como régimen transitorio se han incluido todos los requisitos de información para la correcta elaboración de las cuentas anuales que se inicien a partir del 1 de enero de 2021 así como los criterios para contabilizar la primera aplicación de las modificaciones. En este sentido con carácter general, las cuentas anuales individuales y consolidadas correspondientes al primer ejercicio que se inicie a partir del 1 de enero de 2021 se presentarán incluyendo información comparativa, pero la empresa no está obligada a expresar de nuevo la información comparativa del ejercicio anterior.