SE MODIFICAN LOS CRITERIOS EN LA OBTENCIÓN DE LOS CERTIFICADOS DIGITALES

 

La Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda (FNMT-RCM) emite tres tipos de certificados de representante que son cualificados de acuerdo con el Reglamento (UE) Nº 910/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior.

Certificado de Administrador único o solidario

Certificado de Representante de Persona Jurídica

Certificado de Representante de Entidad sin Personalidad Jurídica

Hacer especial mención al primero de ellos, que podrá ser obtenido por sociedades anónimas (A) y limitadas (B) sólo si el representante de la sociedad es administrador único o solidario, que tiene inscritas sus facultades de Representación en el Registro Mercantil y éstas no han sido revocadas. En dicho Registro tiene que constar el NIF actual de la Entidad, el órgano de administración, el NIF o NIE correcto del administrador único o solidario, el cargo específico (administrador único o administrador solidario), fecha de nombramiento, duración del cargo (vigente o indefinida), inscripción y fecha de inscripción.

Así, los representantes que sean administrador único/solidario de estas entidades NO deben solicitar certificado de representante de persona jurídica. Deben solicitar el certificado de administrador único o solidario.

Por el contrario, este certificado no puede ser solicitado por administradores mancomunados, apoderados, consejeros, presidentes, administradores conjuntos, liquidadores ni sociedades que tengan como administrador a otra sociedad debiendo en estos casos solicitar un certificado de representación de persona jurídica: letra inicial del NIF (C, D, F, G, J, N, P, Q, R, S, V, así como A y B cuando sus representantes no sean administrador único o solidario).

El proceso de obtención del certificado es más simple pudiéndose hacer la solicitud online acreditándose el administrador único o solidario mediante su propio certificado o DNI electrónico, en cambio, en el caso del Certificado de Representante de Persona Jurídica será necesario personarse en una oficina de registro con la documentación exigida para poder acreditar la capacidad para actuar en nombre de la Entidad Jurídica.

La acreditación podrá realizarse en la Oficinas de Correo (no requiere cita previa y no está previsto para certificados de persona física ni para certificados de administrador único o solidario), en las Delegaciones y Administraciones de la AET (con cita previa), en las oficinas de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (previamente deberá entregar la documentación necesaria y posteriormente será citado telefónicamente) y en Comunidad Foral de Navarra.

 

Proceso Obtención Certificado Certificado de Administrado único o solidario (SA/SL) Certificado de Representante de Persona Jurídica Certificado de Representante de Entidad sin Personalidad Jurídica
Configuración Previa Instalar el software necesario
Solicitud vía internet de su Certificado ON LINE, con certificado o DNI electrónico Se recibe por correo Código de Solicitud que será requerido para la acreditación y descarga del certificado
Acreditación de la identidad Personándose en una oficina de registro con la documentación exigida
Descarga del Certificado Aproximadamente 1 hora después haciendo uso del Código de Solicitud, se tendrá que descargar, instalar, pagar y realizar copia de seguridad